• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: GONZALO FERRER AMIGO
  • Nº Recurso: 727/2020
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MIGUEL ANGEL OGANDO DELGADO
  • Nº Recurso: 48/2021
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palencia
  • Ponente: MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE
  • Nº Recurso: 393/2020
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: ARRENDAMIENTOS-MUEBLES
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Lugo
  • Ponente: ANA ROSA PEREZ QUINTANA
  • Nº Recurso: 80/2020
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: LESIONES
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FLORENCIO MOLINA LOPEZ
  • Nº Recurso: 1778/2020
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: SOFIA GIL GARCIA
  • Nº Recurso: 63/2021
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MONTSERRAT MORERA RANSANZ
  • Nº Recurso: 8/2021
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 88/2019
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia inadmitió el recurso contencioso-administrativo al carecer la parte recurrente de la debida legitimación para su interposición. Consideran que la actuación administrativa en nada afectan a sus intereses, en la medida en que la condición y los términos del contrato de arrendamiento de su vivienda permanecen inalterados. La Sala estima al recurso de casación. Las viviendas ocupadas pasan del sector público a una empresa privada, con las diferencias que, en cuanto al grado de protección social de la vivienda y de sus arrendatarios, ello implica. Es claro que afecta a la situación de un arrendatario acogido a un régimen público de viviendas de protección oficial, su transmisión al ámbito privado, de modo que esta alteración de la condición y cualidad del arrendador no puede considerarse indiferente para los arrendatarios. El cambio de régimen jurídico no es meramente abstracto, antes bien, tiene consecuencias directas y concretas en los arrendatarios, dada la diferencia entre los fines sociales que tiene una Administración Pública y que no concurren en una empresa privada respecto a la vivienda y a la situación del arrendador. Al tratarse del derecho de acceso a la jurisdicción y operar en toda su intensidad el principio pro actione, cabe concluir que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que confirmó la inadmisión recurso contencioso-administrativo, realiza una interpretación excesivamente rigorista. Se acuerda la retroacción de actuaciones.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: CARMEN MARIA PUENTE CORRAL
  • Nº Recurso: 654/2020
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: MARIA SOL ALONSO-BUENAPOSADA ASPIUNZA
  • Nº Recurso: 26/2021
  • Fecha: 28/01/2021
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ORDINARIO

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